Acera: ¿qué dice y qué es la Ley de tránsito que hay en esta zona?

Acera: ¿cuál es el contenido y la finalidad de la Ley de tránsito en esta área?

Tanto si eres peatón como conductor, siempre debes respetar las reglas de las aceras. Descubre más en esta publicación, junto con las sanciones para aquellos que infringen las normas.

¿Qué se entiende por acera en Chile?

En Chile, las calles se componen de carreteras y aceras, por donde circulan vehículos y personas, respectivamente.

La acera se refiere al espacio situado entre el borde de la carretera y, normalmente, las aceras y los límites de las propiedades. Para dejarlo más claro, en la imagen principal de esta publicación, la acera es lo que se encuentra entre las casas y la carretera.

Además, esta parte de la calle suele estar rodeada de postes, árboles, jardineras, grifos, paradas de transporte público, vallas, etc.

Así, la sección de la acera destinada al tránsito de personas, o peatones, se conoce como vereda, y en algunos casos, la vereda abarca toda la acera, especialmente en el centro de las ciudades.

¿Quiénes pueden circular por la acera?

La Ley de Tránsito define la acera como «la parte de una vía destinada al uso de peatones». Por lo tanto, solo los peatones tienen permitido circular por la acera, pudiendo transitar por la carretera solo en las áreas de cruces peatonales permitidos, que deben estar debidamente señalizados y/o con semáforos.

Por otro lado, debes saber que existe una excepción a la regla, y es porque los ciclistas, o conductores de bicicletas, también tienen permitido circular por la acera, pero solo en casos específicos y siguiendo la normativa de tránsito establecida en el Artículo 222, que se detallará más adelante.

¿Cuáles son las regulaciones de la Ley de Tránsito respecto al uso de la acera?

La Ley de Tránsito establece varias disposiciones que especifican lo que conductores de automóviles, motocicletas, ciclistas y peatones pueden y no pueden hacer en las aceras o en su proximidad. Estas son las siguientes:

  • Artículo 86: Los vehículos de transporte público deben detenerse siempre en el lado derecho de la vía, junto a la acera, para recoger pasajeros.
  • Artículo 97: No se permite la instalación o mantenimiento de propaganda u otros elementos similares en las aceras, bermas o plazas, a menos de 20 metros del punto determinado en su prolongación. Además, no se puede tener vegetación que obstruya la visibilidad total de vehículos y peatones que se acercan a una intersección.
  • Artículo 118: Si hay agua en la calzada, el conductor debe tener cuidado de no mojar la acera ni a los peatones o ciclistas.
  • Artículo 154: Está prohibido detenerse y estacionarse en las aceras.
  • Artículo 160: Las aceras no pueden ser utilizadas para realizar trabajos sin permiso de la Municipalidad o de la Dirección de Vialidad, y sin dar aviso a Carabineros del sector.
  • Artículo 162: El tránsito de peatones debe realizarse por las aceras y, en ausencia de estas, por las bermas o franjas laterales de la calzada.
  • Artículo 188: Carabineros de Chile y/o Inspectores Municipales deben registrar cualquier defecto en las aceras.
  • Artículo 200: Transportar pasajeros en las escaleras o no detenerse junto a la acera al recoger o dejar pasajeros es una infracción grave.
  • Artículo 222: En zonas urbanas, los ciclistas deben utilizar las ciclovías, y en caso de que no existan, pueden circular por las aceras solo en los siguientes casos y siempre adaptando su velocidad a los peatones y respetando su prioridad: 1) si el ciclista es menor de 14 años o adulto mayor; 2) si el ciclista lleva niños menores de 7 años; 3) si el ciclista tiene alguna discapacidad o movilidad reducida; y 4) cuando las condiciones de la ciclovía y la calzada, o el clima, impiden circular por ellas.

Estas son las multas por no cumplir con las regulaciones de la acera en Chile

Algunos de los artículos mencionados tienen sus propias categorías en términos de infracciones de tránsito, junto con sus respectivas multas, que se detallan a continuación:

Infracción Categoría Multa
Detenerse y estacionarse en una acera. Grave 1 a 1,5 UTM ($62.450 a $93.675)
No detenerse junto a la acera al recoger o dejar pasajeros. Grave 1 a 1,5 UTM ($62.450 a $93.675)
No transitar por la acera siendo peatón. Menos grave 0,5 a 1 UTM ($31.225 a $62.450)
Como conductor, mojar la acera, a los peatones o a los ciclistas con agua. Menos grave 0,5 a 1 UTM ($31.225 a $62.450)

Además de estas, las infracciones que no están especificadas en la Ley de Tránsito se consideran faltas leves, con multas que varían de 0,2 a 0,5 UTM (entre $12.490 y $31.225).

Y, por si no lo sabías, cuando se trata de infracciones que no son consideradas gravísimas, si eres sancionado por no seguir las regulaciones de la acera, puedes obtener un descuento en tu multa.

Esto es posible si pagas dentro de los primeros cinco días desde la notificación, y si no has causado daños materiales ni lesiones a otros agentes de tránsito. Con esto, puedes obtener un descuento del 25% en tu multa de tránsito.

¿Qué sucede si no respeto las regulaciones de la acera?

La Importancia de la Prudencia en el Tránsito en Chile

Además de las sanciones y multas a las que te enfrentas, este es un tema crucial que contribuye a los accidentes de tránsito en Chile, según las estadísticas de Conaset.

Por lo tanto, es fundamental ser extremadamente precavidos y respetar las normas. Existen peatones cuya falta de precaución puede provocar graves accidentes de tránsito. Acciones como caminar por la calzada en lugar de la acera, o cruzar en áreas no habilitadas, pueden tener consecuencias fatales. Debido a esta causa, en 2021 se registraron un total de 1.302 incidentes, en los cuales 276 personas perdieron la vida.

También es necesario tener especial cuidado al cruzar la calle, ya que muchos conductores pueden ser imprudentes y no respetar los pasos de peatones. En 2021, esta causa de accidentes de tránsito provocó 773 incidentes, con un saldo de 24 personas fallecidas.

Preguntas Relacionadas

¿Cómo puedo verificar si tengo multas de tránsito pendientes de pago?

Existen varias opciones para hacerlo. Puedes solicitar un certificado de multas impagas o un certificado de anotaciones vigentes en el Registro Civil. Otra opción es solicitar un Informe de Autofact, donde aparecerán multas en el Juzgado de Policía Local, multas y deudas TAG, multas por restricción vehicular y partes por infracciones captadas por fotodetección.

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